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viernes, 31 de agosto de 2007

Una de cada cuatro adolescentes ya fue víctima de abuso sexual

 

Adital -
En el trabajo, en la escuela, en la universidad, en las calles, las mujeres son víctimas de agresiones, abusos sexuales, persecuciones e intimidaciones. Y también en el espacio de publicidad, en la televisión y en el cine, ellas son víctimas de violencia al ser estereotipadas. Para la Red Chilena contra la Violencia Doméstica y Sexual, que promueve hoy (26) la instalación de un Memorial a las Mujeres Víctimas de Femenicidio en Chile (2001-2007), celebrando el comienzo de la campaña "¡Cuidado! El Machismo Mata", esa realidad "es parte del continuo de violencia que afecta transversalmente a las mujeres y que, en su forma más extrema termina en el asesinato de muchas".

Datos analizados en el 2000 mostraron que más del 7% de las mujeres mayores de 18 años sufrieron una violación en Chile y en casi la mitad de los casos, la violación fue la iniciación sexual de esas mujeres. El abuso sexual infantil en menores de 13 años es en un 80% perpetrado contra niñas. Relevamiento realizado en 2001, mostró que una de cada cuatro adolescentes ya había sido víctima de una experiencia de abuso sexual. El ciclo de violencia se vuelve vicioso: también en 2001, un relevamiento detectó que el 42,7% de las mujeres, que sufren violencia de sus compañeros, fueron abusadas sexualmente antes de los 15 años. Un tercio de ellas sufrió violencia sexual después de ser agredidas físicamente.

La legislación de Chile trata esos delitos contra las mujeres y niñas como "delitos contra el orden de la familia y la moralidad pública" y no como delitos contra las personas. Cuando el incesto, el abuso sexual de niñas dentro y fuera de la familia, la violación, el maltrato físico y emocional, el asedio sexual, son en realidad parte de la violencia presente en la vida de las mujeres y formas de violencia que muchas veces terminan en crímenes de femenicidio.

En 1994, el Estado chileno promulgó la Ley 19.325, que determinaba las normas sobre el procedimiento y las sanciones relativos a la violencia intrafamililar". Pero la Ley tenía limitaciones al considerar que la violencia en el espacio doméstico era una falta simple, de menor relevancia. Ese menosprecio favorecía la impunidad y la falta de protección adecuada para las mujeres afectadas. En 2005, la Ley 20.066 fue adoptada; la misma tiene por objeto prevenir, sancionar, erradicar la violencia intrafamiliar y proteger a las víctimas.

Entre los avances de la nueva Ley, la Red Chilena destaca la tipificación del delito de maltrato y la obligatoriedad de los órganos responsables de adoptar medidas de seguridad que garanticen la vida e integridad de las mujeres. La Ley 20.066 determina que: es obligación del ofensor abandonar el hogar que comparte con la víctima; al agresor también se le prohíbe acercarse a la víctima o a su domicilio, lugar de trabajo o de estudio. En el caso que ellos trabajen o estudien en el mismo lugar, el empleador y el director serán los responsables de tomar las medidas necesarias.

La Red contra la Violencia dijo que "sólo una aplicación adecuada de la Ley puede sancionar a los agresores y dar efectiva protección a las mujeres víctimas de violencia"; y criticó el hecho de que la Ley impide que las denuncias de agresión sean realizadas directamente en el Ministerio Público, exigiendo que un Tribunal de Familia califique previamente el hecho. En los otros delitos esa medida no es necesaria, lo cual se ha vuelto un obstáculo que las mujeres tengan acceso a la justicia. Además, faltan fiscales especializados para tratar casos de violencia intrafamiliar.

Tomado de www.adital.com.br

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